Auto Supremo AS/0451/2015-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0451/2015-RRC

Fecha: 29-Jun-2015

El recurrente señala que el Tribunal de alzada, no respondió de manera fundamentada a cada


El recurrente señala que el Tribunal de alzada, no respondió de manera fundamentada a cada uno de los motivos de su apelación restringida: 1) Vulneración del derecho a un juez imparcial e independiente y no prejuiciado; 2) La Sentencia se basó en medios o elementos probatorios no incorporados legalmente al juicio o incorporados por su lectura en violación a las normas legales; 3) La Sentencia se fundamentó en hechos inexistentes o no acreditados o en valoración defectuosa de la prueba art. 370 inc. 6) del CPP, argumentando que no es un Tribunal de segunda instancia, que no le corresponde valorar la prueba, no obstante de ello, en su cuarto considerando indica que estudiaron minuciosamente los datos del proceso elevados en originales, llegando a determinar que el Tribunal de Sentencia procedió de forma correcta y conforme a derecho para sustentar la condena; obviando ejercer el control de logicidad (reglas de la sana crítica) al que se encuentra obligado; contradiciendo de esta manera la jurisprudencia penal sentada en los Autos Supremos 141/2006 de 22 de abril, 431/2005 de 15 de octubre, 251/2012 de 17 de septiembre, 286/2013 de 22 julio, 317/2003 de 13 de junio y 341/2006 de 28 de agosto, viciando de nulidad su resolución y vulnerando su derecho a la defensa