Auto Supremo AS/0451/2015-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0451/2015-RRC

Fecha: 29-Jun-2015

En la exposición de los agravios identificados y que fueron objeto de admisión, para su


En la exposición de los agravios identificados y que fueron objeto de admisión, para su respectivo análisis de fondo, se tiene que el recurrente denuncia que el Tribunal de alzada, no respondió de manera fundamentada a cada uno de los motivos de su apelación restringida, referidos a: i) La vulneración del derecho a un juez imparcial e independiente y no prejuiciado; ii) La Sentencia se basó en medios o elementos probatorios no incorporados legalmente al juicio o incorporados por su lectura en violación a las normas legales; iii) La Sentencia se fundamentó en hechos inexistentes o no acreditados o en valoración defectuosa de la prueba art. 370 inc. 6) del CPP, argumentando que no es un Tribunal de segunda instancia, que no le corresponde valorar la prueba, no obstante de ello, en su cuarto considerando indica que estudiaron minuciosamente los datos del proceso elevados en originales, llegando a determinar que el Tribunal de Sentencia procedió de forma correcta y conforme a derecho para sustentar la condena, obviando ejercer el control de logicidad (reglas de la sana crítica) al que se encuentra obligado