Auto Supremo AS/0481/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0481/2015

Fecha: 26-Jun-2015

Que, en el caso de análisis, la declaración de perención de instancia no corresponde, al

Que, en el caso de análisis, la declaración de perención de instancia no corresponde, al estar el Juez de la causa obligado a decretar Autos para Sentencia de conformidad al art. 395 del Código de Procedimiento Civil, al haberse concluido la presentación de alegatos en conclusiones, por consiguiente la paralización del proceso se debe a una omisión de órgano jurisdiccional, que no tiene como efecto la sanción de perención de instancia