Auto Supremo AS/0137/2015-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0137/2015-L

Fecha: 01-Jul-2015

Con relación al reclamo de falta de pronunciamiento en el auto de vista recurrido, sobre

Con relación al reclamo de falta de pronunciamiento en el auto de vista recurrido, sobre la prescripción opuesta, acarreando la nulidad de obrados, así como sobre la excepción de prescripción; cabe señalar que dichas aseveraciones no resultan evidentes, toda vez que el tribunal ad quem sí, emitió pronunciamiento al respecto, señalando: “…que asimismo la sustanciación del proceso, se demostró que al haber sucesivos contratos suscritos entre la ex trabajadora y la U.A.G.R.M. no opero la prescripción establecida en el art. 120 de la Ley General del Trabajo, como correctamente lo interpreto la juzgadora. Más aún cuando por disposición expresa del art. 128 del Código Procesal del Trabajo, las excepciones establecidas en el art. 127 del Código Procesal del Trabajo, tienen que oponerse inexcusablemente todas juntas y antes de contestar la demanda, situación jurídica que la U.A.G.R.M., no cumplió…” de tal manera se advierte que los mismos no resultan ser ciertos