Auto Supremo AS/0137/2015-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0137/2015-L

Fecha: 01-Jul-2015

CONSIDERANDO II: Que, del examen a los antecedentes del proceso y lo argumentado en recurso

CONSIDERANDO II: Que, del examen a los antecedentes del proceso y lo argumentado en recurso de casación en la forma y en el fondo, corresponde verificar si es o no evidente lo denunciado, de cuyo análisis se establece lo siguiente:
EN LA FORMA
En cuanto a la denuncia de que el juez, vulnero los arts. 201 y 79 del Código Procesal del Trabajo, toda vez que la sentencia debió dictarse inmediatamente vencido el termino de prueba, y lo que ocurrió, según consta en las notificaciones de fs. 34 que inclusive se admitieron otros memoriales con posterioridad, lo que correspondía, que la sentencia sea dictada dentro del plazo establecido para los procesos laborales de 10 días, con o sin alegatos o solicitud expresa; al respecto cabe señalar que estos extremos, no fueron motivo de análisis, consideración y resolución en grado de apelación, en tal virtud no procede su impugnación, menos su consideración y resolución en la vía de la casación