Auto Supremo AS/0234/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0234/2015

Fecha: 29-Jul-2015

Sin embargo, el titular de la renta, ha momento de iniciar su trámite de

Sin embargo, el titular de la renta, ha momento de iniciar su trámite de Compensación de Cotizaciones, entre otros documentos adjuntó planilla de pago de fs. 32 a 34, Aviso de Baja del Asegurado de la Caja Nacional de fs. 35, Formulario de Afiliación de fecha 2/10/1981 de fs. 36, certificado de trabajo de la empresa mueblería y maestranza CARVIS de fs. 37, afiliación y baja médica de la Caja Nacional de Seguridad Social de fs. 38 y 39 de la empresa SISAL LTDA. y certificado de trabajo de la empresa SISAL LTDA., pruebas documentales que evidencian que el solicitante ha prestado servicios en las empresas antes referidas con una densidad de 10 años y 11 meses aportes al régimen básico y complementario, realizando aportes durante los periodos extrañados por el SENASIR, desvirtuando con ello lo afirmado por el ente gestor que argumenta que los aportes deben ser recuperados por la vía administrativa y/o judicial para poder ser acreditados a los beneficiarios, llegándose a evidenciar que tanto la Comisión de Calificación de Rentas como la Comisión de Reclamaciones del SENASIR, no efectuaron una conveniente valoración de la documentación presentada por el solicitante