En grado de apelación interpuesto por el rentista Alberto Cosme Salinas Hidalgo, de fs
En grado de apelación interpuesto por el rentista Alberto Cosme Salinas Hidalgo, de fs. 207 a 208, mediante Auto de Vista Nº 135/2014 de 04 de agosto, de fs. 215 a 216, la Sala Social y Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, revocó la Resolución Nº 020/14 de fecha 06 de enero de 2014, cursantes a fs. 200 a 202 de obrados, por consiguiente se deja sin efecto la Resolución Nº 7782 de fecha 19 de agosto de 2013, cursantes a fs. 61 de obrados, y se dispone que el SENASIR efectue una nueva Certificación de Compensación de Cotizaciones a favor del interesado por el tiempo real y efectivo aportado en los servicios prestados activamente, así como su salario cotizable correcto, todo en observancia a las consideraciones de dicha resolución
- Auto Supremo Nº 234/2015
- Expediente: SC-CA.SAII-LP.47/2015
- Distrito: La Paz
- Magistrado Relator: Dr. Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano
- CONSIDERANDO I: Que, interpuesto el recurso de reclamación de fs
- En grado de apelación interpuesto por el rentista Alberto Cosme Salinas Hidalgo, de fs
- Dicho fallo motivó el recurso de casación en el fondo (fs
- Concluyó solicitando se conceda el recurso de casación ante el Tribunal Supremo de Justicia, para
- CONSIDERANDO II: Que, del examen del recurso de casación en el fondo, del auto de
- Ahora bien, el ente gestor a fin de justificar la no certificación de los aportes
- Sin embargo, el titular de la renta, ha momento de iniciar su trámite de
- Este análisis pormenorizado de los antecedentes descritos, nos lleva al razonamiento y a la certeza
- En tal sentido, el asegurado, a fin de que se proceda a una correcta calificación
- En consecuencia, debe recordarse que los derechos sociales son irrenunciables, siendo obligación del Estado defender
- En ese entendido es preciso determinar que los aportes que realizan los beneficiarios durante su
- Por lo expuesto, se concluye que al no ser evidentes las infracciones acusadas en el
- Sin costas por disposición de los art
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- FIRMADO: Dr. Fidel Marcos Tordoya Rivas
- ANTE MÍ. Abog. Tyrone Cuellar Sánchez.
