3) Señala que la Sentencia expresa lo contrario a lo establecido en el Auto Supremo
3) Señala que la Sentencia expresa lo contrario a lo establecido en el Auto Supremo 111 de 31 de enero de 2007 y es confirmada por el Auto de Vista, señalando que no existe defectuosa valoración probatoria; pero, no se tomó en cuenta todos los elementos de convicción aportados al juicio, considerándose sólo la declaración del imputado, tomando por hecho que el cheque fue entregado unilateralmente y no como respuesta a los actos de violencia ejercidos por el querellante, de haberse considerado todos los elementos de convicción, se habría establecido la duda razonable; por cuanto, se señaló la comisión del delito, invalidando el supuesto establecido en el art. 204 del CP, que sanciona con nulidad el giro de cheque dado en garantía; tampoco se valoró la existencia de hechos que provocaron la extensión del cheque por la violencia a la que fue sometido
- Por memorial presentado el 28 de mayo de 2010, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- c) Notificado el recurrente Adolfo Silva Cabrera con el mencionado Auto de Vista el 27
- De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- 2) Refiere que el Auto de Vista, con un análisis contrario al Auto Supremo 214
- 3) Señala que la Sentencia expresa lo contrario a lo establecido en el Auto Supremo
- 5) Refiere que por la prueba judicializada se tiene que el empleado dice que
- 6) El Auto de Vista vulnera las disposiciones contenidas en el art
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Denuncia respecto a la valoración de la prueba
- En el caso de autos, se constata que el recurrente cumple con el primer requisito
- En cuanto a los argumentos del recurso de casación, corresponde verificar el cumplimiento de los
- Respecto al primer motivo en el cual se aduce contradicción de la Sentencia con el
- En lo que concierne al segundo motivo, que denuncia una posible contradicción en que hubiere
- Sobre la defectuosa valoración probatoria cometida por el A quo y que fue convalidada por
- La falta de fundamentación del Auto de Vista alegada en el quinto motivo respecto a
- Respecto al sexto motivo, entendiéndose que existiría una errónea aplicación de la ley sustantiva por
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
