Auto Supremo AS/0322/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0322/2015-RA-L

Fecha: 06-Jul-2015

La falta de fundamentación del Auto de Vista alegada en el quinto motivo respecto a


En cuanto al cuarto motivo, que refiere una incorrecta aplicación de la norma penal y análisis de la teoría del delito, en razón a que la nulidad del cheque debía determinarse en la vía civil y por ello interpuso excepción de prejudicialidad que fue rechazada y cuya apelación no fue tratada en términos claros por los de alzada, siendo contradictorio a lo establecido por el Auto Supremo 535 de 29 de diciembre de 2006, se concluye que el recurrente incumple los requisitos previstos en los precitados arts. 416 y 417, puesto que no señala de manera concreta los fundamentos del Auto de Vista para aplicar incorrectamente la norma penal; independientemente a ello y en caso de que el recurrente pretenda el pronunciamiento de fondo de la excepción mencionada, cabe aclarar que éste Tribunal no es competente para dilucidar resoluciones que resuelven incidentes o excepciones, los cuales tienen un ámbito recursivo previsto en el art. 403 del CPP.

La falta de fundamentación del Auto de Vista alegada en el quinto motivo respecto a los puntos apelados, contradiciendo de esta manera los Autos Supremos 131, 214, 111 y 535, no puede ser considerada para su análisis de fondo, debido a que el recurrente invoca las citadas resoluciones de manera genérica, sin identificarlas correctamente; además de ello, no precisa de manera individual la falta de fundamentación respecto a cada agravio denunciado en su recurso de apelación restringida, resultando genérica la denuncia que realiza, omisiones que no pueden ser suplidas por este máximo Tribunal, deviniendo el motivo en inadmisible