Auto Supremo AS/0322/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0322/2015-RA-L

Fecha: 06-Jul-2015

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente


I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:

a) En mérito a la acusación particular (fs. 10 a 11), una vez concluida la audiencia de juicio oral, la Juez Quinto de Sentencia de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, pronunció la Sentencia 008/2009 de 02 de marzo (fs. 114 a 119), por la que declaró al imputado Adolfo Silva Cabrera, autor y responsable de la comisión del delito de Cheque en Descubierto, previsto y sancionado por el art. 204 del CP, condenándole a la pena privativa de libertad de tres años de reclusión a cumplir en el Centro Penitenciario de “San Pedro” de la ciudad de La Paz, más la multa de cuarenta días a razón de Bs. 5.- (cinco bolivianos) por día a favor del Tesoro Judicial, así como la reparación de daños, perjuicios y costas a favor del querellante a imponerse en ejecución de Sentencia