Auto Supremo AS/0366/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0366/2015-RA-L

Fecha: 06-Jul-2015

El art


II.3. Recurso de casación de Germán Romero Vargas.

El recurrente refiere que, en apelación restringida denunció que la Sentencia no individualizó el grado de participación de cada uno de los imputados, generando duda razonable, convirtiéndola en una resolución defectuosa; asimismo, en su fundamentación hizo hincapié en el grado de peligrosidad de los encausados y no así en la valoración integral de la prueba; por otra parte, demostró defectuosa valoración de la prueba signada como A-1, A-3, A-4, A-13 y A-14, las que fueron consideradas para la fundamentación, no obstante que debieron ser excluidas; agrega, que las pruebas A-7 y A-8 se encuentran viciadas de nulidad y no ameritaban valoración porque fueron obtenidas dolosamente; finalmente, expresa que el Tribunal de Sentencia llegó a la convicción de que todos los implicados cometieron el hecho delictuoso al mismo tiempo y en la misma forma, extremo que es inadmisible; por cuanto, la norma refiere que debe individualizarse a cada acusado y su participación en el hecho; en el caso, no se indicó los actos propios de cada imputado, vulnerándose normas del CPP, dando lugar a la duda razonable o el indubio pro reo, prueba defectuosa y procedimientos viciados de nulidad, considerando -en su criterio- que debió ser absuelto.

III. REQUISITOS QUE HACEN VIABLE LA ADMISIÓN DEL RECURSO DE CASACIÓN

El art. 180.II de la CPE, garantiza el principio de impugnación en los procesos judiciales, que se constituye a su vez en una garantía judicial conforme lo determinan los arts. 8.2 inc. h) de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y 14.5 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; debiendo los sujetos procesales, a tiempo de interponer los distintos recursos que la norma adjetiva prevé, observar las condiciones de tiempo y forma establecidas por la ley conforme la disposición contenida en el art. 396 inc. 3) del CPP