Auto Supremo AS/0382/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0382/2015-RA-L

Fecha: 14-Jul-2015

3) Sobre la denuncia de falta de fundamentación de la Sentencia, refiere que el Ad


3) Sobre la denuncia de falta de fundamentación de la Sentencia, refiere que el Ad quem manifestó que la misma cumplía con la previsión del art. 124 del CPP, lo cual no resultaría evidente por existir omisión al suprimir la motivación, vulnerando el debido proceso, puesto que la motivación permite conocer las razones para que se declare en uno u otro sentido. Aduce la existencia de contradicción entre la parte considerativa y dispositiva al declarársele culpable de tentativa de uso de instrumento falsificado previsto por el art. 203 con relación al art. 190 ambos del CP; y, opuestamente se le absuelve del delito de falsificación de sellos, papel sellado y timbres, sin clarificarse que prueba, documento o instrumento público fue falsificado por su persona (informe pericial MP12) señalando que el boleto de peaje no constituye instrumento público, como refiere su concepto; correspondiendo, luego de valorar la prueba, exponer los motivos de derecho en que se funda indicando porque se da el tipo objetivo y subjetivo de un determinado delito, por qué su comportamiento es antijurídico y su conducta reprochable