3) Sobre la denuncia de falta de fundamentación de la Sentencia, refiere que el Ad
3) Sobre la denuncia de falta de fundamentación de la Sentencia, refiere que el Ad quem manifestó que la misma cumplía con la previsión del art. 124 del CPP, lo cual no resultaría evidente por existir omisión al suprimir la motivación, vulnerando el debido proceso, puesto que la motivación permite conocer las razones para que se declare en uno u otro sentido. Aduce la existencia de contradicción entre la parte considerativa y dispositiva al declarársele culpable de tentativa de uso de instrumento falsificado previsto por el art. 203 con relación al art. 190 ambos del CP; y, opuestamente se le absuelve del delito de falsificación de sellos, papel sellado y timbres, sin clarificarse que prueba, documento o instrumento público fue falsificado por su persona (informe pericial MP12) señalando que el boleto de peaje no constituye instrumento público, como refiere su concepto; correspondiendo, luego de valorar la prueba, exponer los motivos de derecho en que se funda indicando porque se da el tipo objetivo y subjetivo de un determinado delito, por qué su comportamiento es antijurídico y su conducta reprochable
- Por memorial presentado el 08 de junio de 2011, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- 3) Sobre la denuncia de falta de fundamentación de la Sentencia, refiere que el Ad
- 4) El Tribunal de apelación, refiriéndose al art
- 5) Argumenta que el Tribunal de alzada, respondiendo la infracción del art
- 6) Que el Auto de Vista es contradictorio al señalar que su recurso de apelación
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Denuncia de falta de debida fundamentación o incongruencia omisiva
- Denuncia respecto a la valoración de la prueba
- En el caso de autos, se constata que el recurrente cumple con el primer requisito
- En cuanto a los argumentos del recurso de casación, corresponde verificar el cumplimiento de los
- Respecto al primer motivo en el cual alega, de manera confusa la falta de valoración
- En lo que concierne a los motivos segundo y tercero, en los cuales se
- En cuanto respecta al motivo séptimo, se evidencia una incompleta y genérica denuncia debido a
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
