Auto Supremo AS/0382/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0382/2015-RA-L

Fecha: 14-Jul-2015

En lo que concierne a los motivos segundo y tercero, en los cuales se


En lo que concierne a los motivos segundo y tercero, en los cuales se alega que la Sentencia carece de la enunciación de los hechos y su determinación circunstanciada y que erradamente el Auto de Vista manifestó su existencia, y; la falta de fundamentación de la Sentencia, así como la presencia de contradicción entre la parte considerativa y la dispositiva, aspectos que constituirían vulneración del art. 169 inc. 3) del CPP, por causarle indefensión y violación del debido proceso; sobre estos motivos se advierte la falta de invocación de precedentes contradictorios y el señalamiento de una posible contradicción en los términos referidos por los arts. 416 y 417 del CPP; asimismo, no se evidencia que el recurrente cumpla con los requisitos para la admisión vía flexibilización; toda vez, que no expone los fundamentos del Auto de Vista que considera vulneran el debido proceso y le causan indefensión, antecedentes necesarios para conocer los hechos que generaron el agravio limitándose a señalar los supuestos defectos de la Sentencia; por otro lado, tampoco detalla con precisión la restricción o disminución de cada derecho y garantía aducida como vulnerada ni explica el resultado dañoso emergente de los defectos denunciados, falta de precisión e incumplimiento de los requisitos detallados en el punto III de la presente resolución que impiden el análisis de fondo de ambos motivos, deviniendo los mismos en inadmisibles