En virtud de lo anterior, es evidente que en la especie el despido fue injustificado,
En virtud de lo anterior, es evidente que en la especie el despido fue injustificado, pues por una parte no se encuentra inserto dentro de las causales por las que procede el despido justificado, y por otro a la par no surge de antecedentes, indicio alguno que denote el abandono alegado por el hoy recurrente, en tal caso y como dispone la norma procesal de la materia corresponde presumirse que no existió retiro voluntario sino que la desvinculación tuvo origen en un despido injustificado, tal cual lo comprendieron los de instancia y es obligado a esta judicatura por el art. 182 inc. c) del CPT
- CONSIDERANDO I
- En grado de apelación deducida por Rosendo Grover Jaldín Mejía en representación legal de la
- La resolución de segunda instancia, motivó que Rosendo Grover Jaldín Mejía en representación legal de
- Señala que, en el proceso se demostró el pago al actor del salario por el
- Jimmy Montaño Pérez, en la contestación al recurso de casación manifiesta que fue despedido intempestivamente
- Planteado el recurso de casación en el fondo, de la revisión de los antecedentes del
- Sobre la anterior comprensión es pertinente señalar que el principio de inversión de la prueba,
- De principio corresponde precisar que el art
- En virtud de lo anterior, es evidente que en la especie el despido fue injustificado,
- La constante en la argumentación del recurrente, se apoya en supuestos desaciertos y malos manejos
- En similar sentido el recurrente afirma que el retiro del demandante no fue intempestivo sino
- Asimismo, el principio proteccionista a favor del trabajador ésta garantizado en el art
- Ahora bien, es preciso tener presente que por mandato del art
- Por otro lado, la parte recurrente pretende en esta instancia casacional la valoración de la
- Por los fundamentos expuestos se concluye no ser evidentes las infracciones acusadas por la entidad
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
- Se regula el honorario profesional del abogado de la parte demandante en la suma de
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
