Auto Supremo AS/0466/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0466/2015

Fecha: 01-Jul-2015

2) De ese modo ni la Juez de primera instancia ni el Tribunal de alzada

2) De ese modo ni la Juez de primera instancia ni el Tribunal de alzada resolvieron de manera clara y precisa la excepción de prescripción que opusieron más si se tiene en cuenta que la Sentencia al ser el acto jurídico procesal más importante debe contener una fundamentación debidamente sustentada que otorgue o deniegue las pretensiones de las partes. Ninguna de las instancias estableció cuáles son las razones fácticas y/o jurídicas del porqué no procedía dicha excepción menos desvirtuaron la inaplicabilidad de las normas legales que sirvieron de sustento en su alegato, cuando era su obligación pronunciarse debidamente y de manera fundamentada