II
II.1.1 De la revisión de antecedentes se tiene que, Weymar Fernández Orellana, formuló demanda de reposición salarial y reliquidación de beneficios sociales y demás derechos colaterales, indicando que trabajó en la ECOBOL desde el 1 de septiembre de 1999 hasta el 6 de septiembre de 2011, por un periodo de 12 años y 5 días, habiéndose acogido al despido indirecto. Indicó que ocupó diferentes puestos de trabajo, su último cargo fue el de Jefe de la Unidad Legal de la institución, desde octubre de 2009, hasta la conclusión de su vínculo laboral, empero nunca se le reconoció el salario establecido para dicho cargo en la suma de Bs.6.520.- cancelándosele solamente la suma de Bs.5.210.- más el bono de antigüedad de Bs. 831,71 salario que se fue considerado para realizar su finiquito
- VISTOS: el recurso de casación en el fondo de fs
- Mediante Auto Complementario de 26 de agosto de 2013, la Juez de la causa enmendó
- Posteriormente, mediante Auto complementario de 8 de octubre de 2013, en la vía de complementación
- En grado de apelación interpuesta por Marcelo Ariel Ruiz Trigo en representación legal de la
- Por Auto de 7 de enero de 2015, el tribunal de apelación declaro sin lugar
- El Auto de Vista anterior y su complementario, motivaron que Marcelo Ariel Ruiz Trigo en
- 2) De ese modo ni la Juez de primera instancia ni el Tribunal de alzada
- 3) En tal sentido, el Auto de Vista y su Complementario no han resuelto a
- La entidad recurrente finalizó su recurso, solicitando que el Tribunal Supremo de Justicia se pronuncie
- Weymar Fernández Orellana, mediante memorial cursante de fs
- En el caso presente, la parte recurrente cuestiona el Auto de Vista emitido por el
- II
- La parte demandada a tiempo de contestar la demanda, interpuso excepción de prescripción señalando que
- Conforme a ese mandato este Tribunal ha establecido una línea jurisprudencial, a partir del Auto
- En el caso, como bien lo señala la Juez de primera instancia y lo ratifica
- Que en este marco legal, al no ser evidentes las infracciones denunciadas por el representante
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
