Auto Supremo AS/0493/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0493/2015

Fecha: 21-Jul-2015

Que, en mérito de los antecedentes, revisado minuciosamente el recurso de casación en el fondo,

I.2.1. Petitorio
Concluyó solicitando se case el Auto de Vista recurrido y deliberando en el fondo declare improbada la demanda en todos sus extremos.
CONSIDERANDO II:
II.1. Fundamentos jurídicos del fallo
Que, en mérito de los antecedentes, revisado minuciosamente el recurso de casación en el fondo, corresponde resolverlo de acuerdo a las siguientes consideraciones:
Toda vez que este Tribunal identificó que el reclamo de la parte recurrente se circunscribe en cuanto al porcentaje para el pago del bono de antigüedad considerando el total de tiempo de prestación de servicios del actor hacia la Empresa demandada, conforme a los porcentajes establecidos en el DS Nº 21060 de 29 de agosto de 1985, dado que la empresa demandada ahora recurrente, cuestiona tal decisión afirmando que correspondería reconocer la antigüedad considerando sólo el último periodo de trabajo, fundamentando en ese sentido que, existiría vulneración normativa al respecto, conforme se precisó en el considerando primero