Regístrese, comuníquese y devuélvase
Siendo excusable el error no se impone multa y en aplicación del art. 17.IV de la Ley Nº 025 notifíquese al Consejo de la Magistratura a los fines consiguientes de ley.
Regístrese, comuníquese y devuélvase
Regístrese, comuníquese y devuélvase
- CONSIDERANDO I: ANTECEDENTES DEL PROCESO
- En grado de apelación, la Sala Civil Cuarta de la Corte Superior de Justicia de
- CONSIDERANDO II: HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN
- Indica que procedieron a una notificación con una cedula incompleta que no contenía copia fotostática
- En base a dichos antecedentes, su pretensión es porque este Tribunal se pronuncie en el
- CONSIDERANDO III: FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- El fundamento del Auto de Vista de 1 de marzo de 2010, para anular obrados,
- 2º
- De acuerdo a lo que disponía el art
- La Constitución Política del Estado expresa la voluntad de las clases populares y los pueblos
- En materia de niñez y adolescencia las normas sustantivas y procedimentales deben interpretarse en consonancia
- Al respecto, el parágrafo II del art
- Por los motivos expuestos precedentemente, corresponde a este Tribunal de Casación emitir Resolución en la
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Duran
- Fdo. Mgdo. Rómulo Calle Mamani
- Fdo. Mgda Rita Susana Nava Duran
- Ante mi Fdo. Dr. Gonzalo Rojas Segales
- Registrado en el libro de Tomas de Razón: Sexto
