Auto Supremo AS/0196/2015-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0196/2015-L

Fecha: 13-Ago-2015

- Que la juzgadora no puede concluir que por el hecho de ser un establecimiento

- Que la juzgadora no puede concluir que por el hecho de ser un establecimiento educativo, la venta de libros y servicio de fotocopia se considere vinculada a la actividad gravada