Auto Supremo AS/0196/2015-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0196/2015-L

Fecha: 13-Ago-2015

Agrega que existió subjetividad al resolver los jueces de instancia la demanda instaurada por CECB

Agrega que existió subjetividad al resolver los jueces de instancia la demanda instaurada por CECB Capilla Cochabamba, soslayando aspectos técnicos de carácter contable, sin tomar en cuenta el verdadero alcance de las previsiones contenidas en los arts. 8 y 15 de la Ley Nº 843 y numeral 72 de la R.A. Nº 05-0043-99, extrañándose su aplicación objetiva como lo explicó el auditor en su Informe Técnico