Auto Supremo AS/0213/2015-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0213/2015-L

Fecha: 13-Ago-2015

Señala que el auto de vista impugnado hace constar como sueldo promedio indemnizable la suma

Señala que el auto de vista impugnado hace constar como sueldo promedio indemnizable la suma de Bs. 2.341.-, tal como estableció el Ministerio de Trabajo, monto en el que está de acuerdo, que la relación laboral con el demandante siempre fue cumplida, quien trabajó más de tres años y cuando hubo determinación de incremento así se lo hizo, que al igual que este concepto no le corresponde el recargo nocturno, por la propia naturaleza del contrato, y por la existencia de pagos comprobados, para el mismo como para las horas extras