Auto Supremo AS/0454/2015-RRC-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0454/2015-RRC-L

Fecha: 04-Ago-2015

Refiere que contrariamente, el Juez del proceso no obstante de haber tomado conocimiento y tener


Refiere que contrariamente, el Juez del proceso no obstante de haber tomado conocimiento y tener convicción de la existencia de estos hechos delictivos inferidos en su contra, concluyó en cuanto a los memoriales al Juzgado segundo, las Salas y el Juzgado de la Niñez y Adolescencia, que tienen solo valor indiciario porque formarían parte de diferentes actuaciones procesales y que estarían motivadas por el objeto de dichos procesos y dirigidos a autoridad judicial, no advirtiéndose que estos memoriales hubieren estado dirigidos directamente sobre su persona; señala que las autoridades judiciales en las providencias y decretos no imponen medida compulsiva de rechazo, corrección o apercibimiento respecto a los escritos y este sería la razón por la cual el juez del proceso no les otorgaría valor probatorio