Auto Supremo AS/0512/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0512/2015-RA-L

Fecha: 13-Ago-2015

4) Que el fallo recurrido no consideró la denuncia de defectuosa valoración de la prueba


4) Que el fallo recurrido no consideró la denuncia de defectuosa valoración de la prueba alegada en apelación, esencialmente de las pruebas codificadas como D-5 E-7, siendo su obligación verificar la existencia de la misma conforme el art. 15 de la Ley de Organización Judicial (LOJ), puesto que esclarecería la verdad histórica de los hechos, al efecto transcriben parte del Auto Supremo 308 de 25 de agosto 2006