Auto Supremo AS/0512/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0512/2015-RA-L

Fecha: 13-Ago-2015

La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art


Los argumentos sobre una posible omisión del Tribunal de alzada por no valorar adecuadamente la conducta del coimputado Vitaliano Pérez que sólo se constituyó en comprador de los bienes; la inexistencia de “prueba plena”; la inadecuada subsunción de las conductas al tipo penal de Estelionato y la violación de derechos consagrados en el arts. 116 de la CPE y 410 y 5 de la LOJ, no pueden ser considerados para un análisis de fondo, en razón a que, de manera similar que en los motivos precedentemente examinados, los recurrentes no establecen con claridad el sentido jurídico distinto asignado por el Auto de Vista que no coincide con el del precedente, resultando sus argumentos muy limitados al manifestar que el Auto de Vista no valoró adecuadamente la conducta del co-imputado y que el caso debió resolverse en la vía familiar-civil. Por otro lado, la denuncia de vulneración a derechos constitucionales, carece de mayores elementos que permitan conocer en concreto qué derecho o garantía se vulneró, la restricción o disminución del mismo y el resultado dañoso originado por esta vulneración. En ese contexto, los puntos contenidos en el presente motivo, no pueden ser admitidos para su análisis de fondo por incumplimiento de los requisitos previstos por los arts. 416, 417 del CPP y de los presupuestos de flexibilización descritos en el acápite III de la presente resolución, correspondiendo declarar la inadmisibilidad del motivo.

POR TANTO

La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art. 418 del CPP, declara INADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por Gabriel Aquino Blanco y Vitaliano Pérez Vargas, cursante de fs. 483 a 491