Auto Supremo AS/0531/2015-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0531/2015-RRC

Fecha: 24-Ago-2015

Notificado el imputado con la Sentencia y su complementación, interpuso recurso de apelación restringida (fs


Notificado el imputado con la Sentencia y su complementación, interpuso recurso de apelación restringida (fs. 388 a 393), con los siguientes agravios: i) Inobservancia y errónea aplicación de la ley por defecto de procedimiento, indicando dos situaciones: a) Instalada la audiencia de juicio se ratificó en el incidente de acumulación de procesos; habida cuenta, que de los informes de acción directa y del asignado al caso, se estableció que su persona fue quien sufrió la agresión física, no habiéndose valorado su certificado médico forense con veinte días de impedimento, situación por la que inició proceso penal en contra del querellante por los delitos de Lesiones, Amenazas y Tentativa de Asesinato, que sucedieron la misma fecha, hora y lugar, correspondiendo en consecuencia la acumulación de ambos procesos por conexitud de causas; empero, su incidente fue declarado improcedente ocasionando un defecto absoluto; b) Solicitó la exclusión de las pruebas “MP1 y MP4”, por cuanto fueron obtenidas sin cumplir las formalidades establecidas, violándose el derecho a la defensa y a la norma procesal dejándole en estado de indefensión; ii) Defecto previsto en el art. 370 inc. 6) del CPP, porque no se probó con objetividad que su persona fue el autor del delito de Allanamiento, por cuanto los testigos de cargo no presenciaron el hecho, efectuando el Juez de Sentencia, una defectuosa valoración de las pruebas testificales de cargo y de las pruebas signadas como “MP1 y MP4”, en vulneración de los arts. 13, 124, 171, 173 y 216 del CPP; y, iii) Defecto del art. 370 inc. 5) del CPP, porque no existiría una fundamentación específica y detallada de la prueba, mencionando únicamente de forma genérica la prueba de cargo