Auto Supremo AS/0542/2015-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0542/2015-RRC

Fecha: 24-Ago-2015

El argumento fáctico descrito en la Sentencia, refiere que Cecilia Ayllón Quinteros, ejercía el cargo


El argumento fáctico descrito en la Sentencia, refiere que Cecilia Ayllón Quinteros, ejercía el cargo de Juez Técnico del Tribunal Cuarto de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, que en determinado momento se manifestó y propuso la eliminación de la Gerencia de Régimen Disciplinario del Consejo de la Judicatura, por lo que las máximas autoridades de la entidad José Vladimir Uriona Guzmán y Edwin Jaime Palenque, Gerente el Régimen Disciplinario y Director Nacional de Investigaciones respectivamente, instruyeron se inicien dos trámites disciplinarios en su contra, el primero por supuesto incumplimiento de horarios y el segundo por irregularidades en la administración de dineros del DAMFAS correspondiente al distrito de Cochabamba, que no se encuentran consignadas como faltas en la ley del Consejo de la Judicatura y en los Reglamentos de Procesos Disciplinarios, en el primer caso el Gerente de Régimen Disciplinario, emitió un ilegal consistente en un memorándum de instrucción, para que se instaure proceso disciplinario, y a su vez Edwin Jaime Palenque, emitió resoluciones manifiestamente contrarias a la ley, instruyendo a Julissa Salazar Mostajo, Directora Nacional de Inspecciones y a Roxana Nineth Daza Rojas, Investigadora Distrital de Cochabamba. En la denuncia referida a incumplimiento de horarios se incurrió en ilegalidades como el hecho de solicitar sin orden judicial la obtención de los archivos almacenados en la computadora de la acusadora particular, con la participación del Director Nacional de Inspecciones Javier Ledezma, que sin ser parte del proceso instruyó a Henry Peredo Rivas, encargado Distrital de Informática, remitir copia de los archivos almacenados en el CPU del despacho de la Juez Cecilia Ayllón Quinteros, habiendo para el efecto la Representante Distrital del Consejo de la Judicatura Ivonne Soria Achá, mediante comunicación telefónica instruido a la Secretaría Abogada del Tribunal Cuarto de Sentencia, entregar la computadora de la querellante, y el 8 de enero de 2009 Henry Peredo Rivas, mediante nota solicitó la entrega del CPU del juzgado, para la instalación de un antivirus, siendo que el objetivo de los funcionarios de la Gerencia de Régimen Disciplinario era apropiarse de los archivos con fines ilegales, dentro del mismo trámite, cursaron notas a universidades públicas, privadas y empresas de transporte, solicitando información de la vida privada de Cecilia Ayllón, haciendo expresa mención que esa información era solicitada dentro de trámites disciplinarios, constituyendo solicitudes difamantes e injuriosas que van contra el honor y buen nombre. Dentro del segundo trámite disciplinario por supuestas irregularidades en la administración de dineros del DAMFAS, refiere que no constituye falta discipl¡naria en la Ley 1817 y Reglamento de Procesos Disciplinarios y otras normas administrativas, más aún nunca se desembolsó dinero alguno para su administración, por lo que concluyó el proceso con sobreseimiento, igual que el caso anterior, iniciados en una orden ilegal impartida por José Vladimir Uriona Guzmán, dirigido a Jaime Ovando Palenque, que a su vez emitió resolución disponiendo que Julissa Salazar y Roxana Nineth Daza, procedan a investigar el hecho inexistente emitiéndose resolución de sobreseimiento