3) Sobre la prueba ofrecida, en relación a la observación efectuada, el impugnante no efectuó
3) Sobre la prueba ofrecida, en relación a la observación efectuada, el impugnante no efectuó pronunciamiento alguno
- Por memorial presentado el 12 de marzo de 2015, cursante de fs
- I.1. Antecedentes
- a) En mérito a las acusaciones pública (fs
- b) La mencionada Sentencia, fue objeto de apelación restringida por Martha Isnado Cari, en su
- I.1.1. Motivo del recurso
- Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo de admisión
- 1) A tiempo de ponderar la necesidad de admitir el recurso de casación por vulneración
- Agrega, que el recurso de apelación restringida no fue genérico, sino más bien específico y
- Finalmente, refiere que el Auto de Vista recurrido, no estableció la existencia de los defectos
- Por lo expuesto, pide se declare nulo el Auto de Vista, devolviéndose actuados a la
- De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación, se establece lo siguiente
- Por lo expuesto, asegura que no existe subsunción de la conducta del imputado al hecho
- Continúa señalando que, se lo juzgó en el marco de la Ley 548 de 17
- ii) La sentencia contiene una defectuosa valoración de la prueba, que acarrea error in iudicando,
- A través del Auto citado en el título, la Sala Penal Segunda, observó el recurso
- Por lo expuesto, concluye que la denuncia no cuestiona la logicidad de la Sentencia conforme
- Finalmente, sobre la prueba ofrecida en el primer otrosí del memorial de alzada, ordena al
- Como efecto de lo observado anteriormente, la parte impugnante presentó memorial de subsanación de 20
- Respecto a la segunda observación, aclaró que la prueba no fue debidamente valorada, por cuanto
- II.3.Del Auto de Vista recurrido
- 1) De acuerdo al sistema procesal boliviano, la denuncia de inobservancia o errónea aplicación de
- Por lo expuesto, el primer motivo expuesto en apelación restringida, específicamente el referido a que
- Sobre las denuncias relativas a omisiones sobre la fundamentación, valoración de las pruebas, cuestionamiento en
- 2) El Tribunal de apelación, no tiene facultad para valorar o revalorizar la prueba producida
- 3) Sobre la prueba ofrecida, en relación a la observación efectuada, el impugnante no efectuó
- El Tribunal Supremo de Justicia, admitió el recurso de casación interpuesto por la parte acusada,
- III
- En consideración a los fundamentos del recurso de casación, es importante verificar cuál la atribución
- Si el recurso es inadmisible lo rechazará sin pronunciarse sobre el fondo”
- Dentro de este marco, la extinta Corte Suprema de Justicia, asumió el siguiente razonamiento: “’Que
- Actuar de manera contraria a la señalada precedentemente, implicaría vulneración de las normas del debido
- Ampliando dicho razonamiento, este Tribunal estableció los siguientes lineamientos en cuanto al juicio de admisibilidad
- El principio de interpretación más favorable a la admisión del recurso
- Principio de proporcionalidad
- c) Principio de subsanación
- III.2.Sobre el derecho a una debida fundamentación de las resoluciones judiciales
- El debido proceso, entre sus elementos reconoce el derecho de todo ciudadano a contar con
- Antes de analizar el fondo de los cuestionamientos expuestos en casación, es preciso aclarar que
- De acuerdo a ello, se tiene que la Sala Penal Segunda, actuando como Tribunal de
- Por último, con relación a la prueba ofrecida por la recurrente, ordenó se aclare su
- En mérito a ello, la parte apelante a través de memorial de subsanación, efectuó las
- Sobre la referida subsanación, el Tribunal de apelación, estableciendo los alcances de una denuncia por
- Al respecto, conforme la doctrina legal desarrollada en los apartados III
- 2) Ahora bien, respecto al segundo punto impugnado, la recurrente aclaró que la prueba no
- Por lo expuesto, a través del Auto de Vista recurrido, el Tribunal de alzada, estableciendo
- Con relación a ello, de la revisión de antecedentes, se tiene que evidentemente, la parte
- Finalmente, con relación a la denuncia de presunta inexistencia de muestras de carácter científico que
- Por último, también resulta cierto que la parte imputada, no aclaró de qué modo la
- En aplicación del art
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
