Auto Supremo AS/0546/2015-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0546/2015-RRC

Fecha: 24-Ago-2015

El referido precedente, fue emitido dentro de un proceso seguido por el delito de Cheque


El referido precedente, fue emitido dentro de un proceso seguido por el delito de Cheque en Descubierto, por el cual el Tribunal Supremo de Justicia, constató que el Tribunal de alzada incurrió en la vulneración de los arts. 124 y 398 del CPP, por no haber resuelto todos los puntos cuestionados, determinando en consecuencia dejar sin efecto el Auto de Vista recurrido, bajo la siguiente doctrina legal aplicable: “Se considera que existe incongruencia omisiva (citra petrita o ex silentio) cuando en el Auto de Vista no se resolvieron todos y cada uno de los puntos denunciados en el recurso de apelación restringida, los cuales deben ser absueltos uno a uno con la debida motivación y en base de argumentos jurídicos individualizados y sólidos, a fin de que se pueda inferir una respuesta con los criterios jurídicos correspondientes al caso en concreto sin que estos sean esquivos o imprecisos, lo contrario constituye infracción del principio tantum devolutum quantum apellatum, y al deber de fundamentación que vulnera lo establecido por los arts. 124 y 398 del Código de Procedimiento Penal, siendo obligación del Tribunal de Apelación, realizar la adecuada motivación en las resoluciones que pronuncie”