Auto Supremo AS/0558/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0558/2015

Fecha: 05-Ago-2015

CONSIDERANDO I

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
Auto Supremo Nº 558
Sucre, 05 de agosto de 2015

Expediente: 107/2015-S
Demandante: Jorge Aroldo Castillo Castro
Demandada: Fundación Centro Impulsor de Educación Profesional
Distrito: Santa Cruz
Magistrado Relator: Dr. Pastor Segundo Mamani Villca

VISTOS: El recurso de casación en el fondo y en la forma de fs. 852 a 862, interpuesto por Elías Ortiz Mejía en representación legal de la Fundación Centro Impulsor de Educación Profesional (FUNDACIDEP), contra el Auto de Vista N° 335 de 23 de octubre de 2014 de (fs. 849 a 850 vta.), pronunciado por la Sala Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro del proceso laboral, seguido por Jorge Aroldo Castillo Castro, contra la entidad recurrente; el Auto de fs. 869 que concedió el recurso; los antecedentes del proceso; y:
CONSIDERANDO I:
I.1. Antecedentes del proceso
I.1.1. Sentencia
Tramitado el proceso laboral, el Juez Tercero de Trabajo y Seguridad Social de Santa Cruz, emitió la Sentencia N° 490 de 9 de diciembre de 2013 de (fs. 690 a 696), declarando probada en parte la demanda de reliquidación de beneficios sociales de fs. 10 a 13 vta., por haberse probado la relación laboral entre Jorge Aroldo Castillo Castro con su empleador “FUNDACIDEP” ordenando a la entidad empleadora representada por Gastón Montellano Medrano, pague a tercero día de ejecutoriada la Sentencia a favor del demandante Jorge Aroldo Castillo Castro, el monto equivalente a sus beneficios y derechos sociales que asciende a Bs.194.427,41.-, conforme se tiene inmerso en la Sentencia, más la multa del 30% dispuestos por el art. 9 del Decreto Supremo (DS) N° 28699 de 1° de mayo de 2006, que serán calculados en ejecución de Sentencia