Auto Supremo AS/0558/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0558/2015

Fecha: 05-Ago-2015

Que, el demandante brindó el servicio enviando su personal a la institución, prueba clara de

Que, el demandante brindó el servicio enviando su personal a la institución, prueba clara de ello es el certificado de aportes a la AFP en la que figura como su dependiente la Sra. Cisely Urquiza Roca, quien declaro haber prestado sus servicios en la entidad demandada, lo cual no fue valorado por los jueces de instancia, que si persiste el reconocimiento de una relación laboral debería entenderse que también se generó entre la parte demandante y la Sra. Cisely Urquiza Roca, considerando que la relación laboral es individual y no colectiva