Auto Supremo AS/0561/2015-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0561/2015-RA

Fecha: 27-Ago-2015

Del memorial de fs. 1316 a 1340, se extraen los siguientes motivos


II. DE LOS MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN

Del memorial de fs. 1316 a 1340, se extraen los siguientes motivos:

1) La parte recurrente denuncia que el Auto de Vista al confirmar la Sentencia incurre en el defecto previsto en el art. 370 inc. 1) CPP; puesto que, en el primer punto apelado se extraña la errónea aplicación de los incs. 2) y 5) del art. 252 del CP, aspecto no considerado de forma imparcial por el Tribunal ad quem cuando los elementos probatorios del Ministerio Público y acusación particular estaban dirigidos a demostrarlos, además de subsumirlos a los tipos penales, para lo cual, procede a explicar su adecuación a los hechos facticos, afirmando que ambos incisos son independientes entre sí, tampoco son condicionantes entre ellos; empero este agravio fue rechazado por el Tribunal de alzada, porque no se habría inobservado la ley sustantiva, cuando el agravio se refiere a que se incurre en contradicción con los precedentes invocados en su recurso de apelación restringida, ya que la acusada es absuelta sin especificar por cuál de los incisos señalados, tampoco existe fundamento en base a los elementos de prueba judicializados, omisión que es confirmada por el Tribunal de alzada vulnerando el art. 359 inc. 2) del CPP y aclara que no pidió que el Tribunal Ad quem revise cuestiones de hecho como erróneamente los valora, e invoca como precedentes contradictorios los Autos Supremos 074/2013 de 20 de marzo, 243 de 7 de marzo de 2007 y 79 de 22 de febrero de 2011, que indicaría que el Tribunal de alzada al considerar la inobservancia de la ley sustantiva debe basarse en las conclusiones de la Sentencia