Del memorial de fs. 1316 a 1340, se extraen los siguientes motivos
II. DE LOS MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
Del memorial de fs. 1316 a 1340, se extraen los siguientes motivos:
1) La parte recurrente denuncia que el Auto de Vista al confirmar la Sentencia incurre en el defecto previsto en el art. 370 inc. 1) CPP; puesto que, en el primer punto apelado se extraña la errónea aplicación de los incs. 2) y 5) del art. 252 del CP, aspecto no considerado de forma imparcial por el Tribunal ad quem cuando los elementos probatorios del Ministerio Público y acusación particular estaban dirigidos a demostrarlos, además de subsumirlos a los tipos penales, para lo cual, procede a explicar su adecuación a los hechos facticos, afirmando que ambos incisos son independientes entre sí, tampoco son condicionantes entre ellos; empero este agravio fue rechazado por el Tribunal de alzada, porque no se habría inobservado la ley sustantiva, cuando el agravio se refiere a que se incurre en contradicción con los precedentes invocados en su recurso de apelación restringida, ya que la acusada es absuelta sin especificar por cuál de los incisos señalados, tampoco existe fundamento en base a los elementos de prueba judicializados, omisión que es confirmada por el Tribunal de alzada vulnerando el art. 359 inc. 2) del CPP y aclara que no pidió que el Tribunal Ad quem revise cuestiones de hecho como erróneamente los valora, e invoca como precedentes contradictorios los Autos Supremos 074/2013 de 20 de marzo, 243 de 7 de marzo de 2007 y 79 de 22 de febrero de 2011, que indicaría que el Tribunal de alzada al considerar la inobservancia de la ley sustantiva debe basarse en las conclusiones de la Sentencia
- Por memorial presentado el 15 de junio de 2015, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Del memorial de fs. 1316 a 1340, se extraen los siguientes motivos
- 2) También denuncian que el Tribunal Ad quem soslaya su advertencia de la existencia
- 3) Arguyen que el Tribunal de alzada inobservó que la Sentencia no estaba debidamente
- 4) Alegan que el Auto de Vista impugnado confirmó la Sentencia que se basó
- El art
- Dentro de ese mismo contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues
- El precepto legal contenido en el citado art
- Con relación al primer requisito respecto al plazo para la interposición del recurso de casación,
- Con relación a los Autos Supremos 37/2007 de 27 de enero, 040/2012 de 29 de
- Respecto al tercer motivo, relativo a que el Tribunal de alzada inobservó que la Sentencia
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
