Auto Supremo AS/0661/2015-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0661/2015-L

Fecha: 12-Ago-2015

En cuanto a la forma de la Resolución el art

En cuanto a la forma de la Resolución el art. 25 de la misma Ley expresa: (PROCEDIMIENTO) “I. La apelación en el efecto diferido se limitará a su simple interposición, en cuyo caso y sin perjuicio del cumplimiento de la resolución impugnada y la prosecución del proceso, se reservará la fundamentación en forma conjunta con la de una eventual apelación de la sentencia definitiva. II. Si la sentencia definitiva fuere apelada, se correrá traslado de ambos recursos a la parte apelada, con cuya contestación o sin ella, los recursos se concederán para que sean resueltos en forma conjunta por el superior en grado. III. Si la sentencia no fuere apelada se tendrá por desistida la apelación formulada en el efecto deferido”