Respecto a la apelación en el efecto diferido el art 24 de la precitada norma
Al respecto corresponde precisar que el art. 20 de la Ley Nº 1760 que señala: “ARTICULO 20.- (EFECTOS DE LA APELACION) Compleméntese el artículo 223 en los siguientes términos: “Art. 223. (EFECTOS DE LA APELACION) Tres son los efectos que produce la apelación: suspensivo, devolutivo y diferido. El primero suspende la competencia del juez, impidiendo la ejecución de la sentencia o auto definitivo; el segundo le permite continuar la tramitación del proceso sin perjuicio del recurso; y el tercero permite que sin perjuicio del cumplimiento de la resolución apelada, se reserve la concesión de la alzada hasta el estado de una eventual apelación de la sentencia”;
Respecto a la apelación en el efecto diferido el art 24 de la precitada norma dice: (PROCEDENCIA)“La apelación en el efecto diferido procederá contra las siguientes resoluciones: 1.-Autos interlocutorios que resolvieren excepciones previas; 2.- Autos que resolvieren incidentes; 3.- Resoluciones sobre proposición, producción, denegación y diligenciamiento de la prueba, y, en general, 4.- Resoluciones que no cortaren el procedimiento ulterior”
Respecto a la apelación en el efecto diferido el art 24 de la precitada norma dice: (PROCEDENCIA)“La apelación en el efecto diferido procederá contra las siguientes resoluciones: 1.-Autos interlocutorios que resolvieren excepciones previas; 2.- Autos que resolvieren incidentes; 3.- Resoluciones sobre proposición, producción, denegación y diligenciamiento de la prueba, y, en general, 4.- Resoluciones que no cortaren el procedimiento ulterior”
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- CONSIDERANDO I: ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Ante dicho Auto de relación Procesal, en fs
- Contra esa Resolución de primera instancia, la parte demandada en fs
- Resolución recurrida en casación tanto por la parte demandante como por la parte demandada, cursante
- HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN
- 2
- 3
- 4
- 5
- Con todo lo anteriormente expuesto, interpone recurso de casación en la forma y/o fondo contra
- 1
- Acusa violación al art
- Con estos agravios expuestos interpone recurso de casación en la forma contra el Auto de
- CONSIDERANDO III
- Expresa que todo pronunciamiento definitivo debe explicar las razones y argumentos respecto a los hechos
- En función a que los fundamentos expuestos del recurso de casación en la forma de
- Teniendo presente lo expuesto, en el caso en cuestión, el Tribunal A quem anuló la
- Respecto a la apelación en el efecto diferido el art 24 de la precitada norma
- En cuanto a la forma de la Resolución el art
- Partiendo de todo lo expuesto, en el caso en cuestión, la concesión realizada por el
- Por lo anteriormente señalado, corresponde resolver en la forma prevista en el 271 num
- POR TANTO: La Sala Civil de Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Siendo excusable el error, no se impone multa a los Vocales signatarios
- Sin costas
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Duran.
