Auto Supremo AS/0665/2015-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0665/2015-L

Fecha: 12-Ago-2015

Ahora bien, la Ley Nº 1715 de 18 de octubre de 1996, Ley INRA, creó


Ahora bien, la Ley Nº 1715 de 18 de octubre de 1996, Ley INRA, creó la judicatura agraria con jurisdicción y competencia para la resolución de los conflictos emergentes de la posesión y derecho de propiedad agraria y otros que le señale la ley. Conforme el artículo 39 num. 8) de la citada Ley, la jurisdicción agraria tiene competencia para conocer acciones reales sobre la propiedad agraria. Por su parte, el artículo 23 de la Ley de Reconducción Comunitaria de la Reforma Agraria, sustituyó los numerales 7 y 8 del Parágrafo I del citado artículo y reconoció como competencia de la judicatura agraria: "Conocer interdictos de adquirir, retener y recobrar la posesión de fundos agrarios, para otorgar tutela sobre la actividad agraria”, así como "conocer otras acciones reales, personales y mixtas derivadas de la propiedad, posesión y actividad agraria". Estas disposiciones legales de acuerdo al artículo 15 de la Ley del Órgano Judicial, al ser especiales deben ser aplicadas con preferencia a la ley general