Auto Supremo AS/0682/2015-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0682/2015-L

Fecha: 14-Ago-2015

- Artículos 190 y 192 del Código de Procedimiento Civil; que estipula claramente que las

- Artículos 190 y 192 del Código de Procedimiento Civil; que estipula claramente que las sentencias deben ser pronunciadas con decisiones claras, positivas y precisas y que solo debe recaer sobre las cosas litigadas en la manera en que hubieren sido demandadas, lo que hace evidente que la sentencia pronunciada es totalmente carente de fundamento jurídico y más aún que fue dictada otorgando más de lo solicitado por las partes