Auto Supremo AS/0682/2015-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0682/2015-L

Fecha: 14-Ago-2015

En atención a la naturaleza del error que motiva el recurso de casación, éste puede


En atención a la naturaleza del error que motiva el recurso de casación, éste puede presentarse como recurso de casación en la forma o como recurso de casación en el fondo; conforme determina el art. 250 del Código de Procedimiento Civil, que además dispone que ambos deben ser interpuestos simultáneamente en un mismo escrito, empero ello de ninguna manera supone que los motivos que dan lugar a uno u otro recurso se confundan o se expongan en una sola relación, como ocurre en el presente caso, donde de manera indistinta, sin la pertinente diferenciación e individualización, y sin considerar que las normas jurídicas se agrupan en dos categorías, unas que reconocen derechos o imponen obligaciones, en tanto que otras establecen requisitos y contienen reglas que deben observarse para activar y desarrollar la función jurisdiccional del Estado; de ahí que las primeras se llaman normas materiales o sustantivas y las segundas procesales, formales o adjetivas, cuya naturaleza se aprecia independientemente del cuerpo legal en que se encuentren