Auto Supremo AS/0691/2015-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0691/2015-L

Fecha: 14-Ago-2015

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2. Evidente estado de ebriedad del demandante.- El certificado de alcoholemia o alcotest no existe porque el demandante nunca acudió a realizarse ese examen en la repartición de Tránsito como se evidencia por el Informe emitido por el Cap. Arancibia de fs. 119, empero, por norma todos los accidentes de tránsito y especialmente éstos, por la hora y el lugar de los hechos debía realizarse. Las declaraciones de los testigos de descargo, y la de la testigo que presenció el hecho son contundentes conforme a los arts. 1286, 1327 y 1330 del Código Civil