Auto Supremo AS/0284/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0284/2015

Fecha: 18-Sep-2015

Por lo manifestado, en cuanto al recurso de casación de la institución demandada de fs

Por lo manifestado, en cuanto al recurso de casación de la institución demandada de fs. 411 a 412, al ser insuficiente el recurso, corresponde aplicar el precepto del art. 272.2) del CPC, con la facultad remisiva prescrita por el art. 252 del CPT