Conforme a lo señalado, en la especie se advierte que el Tribunal ad quem, efectuó
Conforme a lo señalado, en la especie se advierte que el Tribunal ad quem, efectuó una valoración conjunta de los elementos probatorios del proceso, incluyendo las literales acusadas de no valoradas por el ahora recurrente, y contrastando tal cual se dijo, su contenido con las demás probanzas, resguardando la aplicación de la verdad material sobre la formal; situación que le permitió confirmar de manera correcta la resolución de primera instancia en cuanto a estos aspectos
- CONSIDERANDO I
- Interpuesto el recurso de apelación por Rubén Julio Cano Carvallo (fs
- Dicha Resolución motivó el recurso de casación de fs
- Acusó que en la admisión de la demanda se adjuntó documentación que demostraría que su
- Refirió también que en el Auto de Vista se hizo referencia a la presentación y
- Concluyó solicitando que el Tribunal Supremo de Justicia anule o case totalmente el Auto de
- Que a mérito de estos antecedentes, revisado el recurso de casación, corresponde resolverlo de acuerdo
- Correspondiendo señalar que el Auto de Vista impugnado resolvió con la pertinencia cumpliendo la normativa
- En este contexto, cabe señalar que las pruebas deben ser compulsadas de forma conjunta, en
- Siendo preciso aclarar que la valoración y compulsa de las pruebas, es una atribución privativa
- Empero, si bien los de instancia determinaron que no existirá prueba fehaciente que demuestre el
- Conforme a lo señalado, en la especie se advierte que el Tribunal ad quem, efectuó
- Por lo expuesto y en mérito a los antecedentes y fundamentos referidos, al no haber
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
