Auto Supremo AS/0602/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0602/2015

Fecha: 08-Sep-2015

Entonces, se concluye que la relación que mantenía el actor con el referido Gobierno

Entonces, se concluye que la relación que mantenía el actor con el referido Gobierno Municipal, se encontraba sujeta a las previsiones contenidas en la Ley de Municipalidades y el Estatuto del Funcionario público, y que el trabajador ostentaba la calidad empleado municipal provisorio, por cuanto su ingreso a la entidad pública tampoco fue resultado de un proceso de reclutamiento y selección de personal llevado adelante en el marco del Sistema de Administración de Personal, como norma que operativiza la carrera administrativa prevista en el Estatuto del Funcionario Público, ejercitando funciones temporales o provisionales