Dicha Resolución motivó el recurso de casación en el fondo de fs
I.2. Motivos del recurso de casación
Dicha Resolución motivó el recurso de casación en el fondo de fs. 85 a 87, interpuesto por la entidad demandada, que en lo esencial de su contenido, señaló:
Que, el documento que cursa a fs. 5 evidencia un contrato de servicios de consultoría individual de línea conforme al DS Nº 29190 y su reglamento, en sujeción a la Ley de Administración y Control Gubernamental (LACG), por lo que el demandante ingresó a la entidad mediante contrato de prestación de servicios según atribución del art. 44 de la Ley de Municipalidades, es decir que de acuerdo al art. 59 de dicha norma se encuentra bajo el imperio de la Ley de Municipalidades vigente desde el año 1999, subsumiéndose el demandante a la figura que comprende a los empleados municipales, determinando así la exclusión del amparo de la Ley General del Trabajo, sólo aplicable a los trabajadores de las empresas municipales o mixtas
Dicha Resolución motivó el recurso de casación en el fondo de fs. 85 a 87, interpuesto por la entidad demandada, que en lo esencial de su contenido, señaló:
Que, el documento que cursa a fs. 5 evidencia un contrato de servicios de consultoría individual de línea conforme al DS Nº 29190 y su reglamento, en sujeción a la Ley de Administración y Control Gubernamental (LACG), por lo que el demandante ingresó a la entidad mediante contrato de prestación de servicios según atribución del art. 44 de la Ley de Municipalidades, es decir que de acuerdo al art. 59 de dicha norma se encuentra bajo el imperio de la Ley de Municipalidades vigente desde el año 1999, subsumiéndose el demandante a la figura que comprende a los empleados municipales, determinando así la exclusión del amparo de la Ley General del Trabajo, sólo aplicable a los trabajadores de las empresas municipales o mixtas
- CONSIDERANDO I
- Interpuesto el recurso de apelación por la entidad demandada a fs
- Dicha Resolución motivó el recurso de casación en el fondo de fs
- Acusó también, que existe error de derecho en la apreciación de la prueba, ya que
- Concluyó solicitando a la entonces Corte Suprema de Justicia de la Nación, case “la Sentencia”
- Que, así formulado el recurso de casación y revisando minuciosamente el expediente, corresponde resolver el
- Por disposición constitucional y laboral, los derechos de las y los trabajadores gozan del carácter
- Asimismo, rige en materia laboral el principio de la “primacía de la realidad”, vinculado con
- Bajo ese preámbulo, resulta de suma importancia considerar por los antecedentes, que el actor presentó
- Así fundamentada la decisión, éste Tribunal discrepa parcialmente de la decisión asumida por los de
- Recordemos así, que al respecto el art
- También queda claro que, tampoco se llegó a demostrar con suficiencia por la entidad demandada,
- Entonces, se concluye que la relación que mantenía el actor con el referido Gobierno
- No obstante, y siendo que el actor prestó servicios a la entidad demandada bajo el
- Bajo estos parámetros se concluye ser parcialmente evidentes las infracciones denunciadas en el recurso de
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
- Sin responsabilidad de multa por ser excusable
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
