Auto Supremo AS/0630/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0630/2015

Fecha: 22-Sep-2015

Finalmente sobre el reclamo que no se recibió las declaraciones de los testigos de descargo,

Finalmente sobre el reclamo que no se recibió las declaraciones de los testigos de descargo, lo que en criterio de la recurrente generó la violación del art. 447 del CPC; se tiene que, este aspecto no fue reclamado en la etapa de apelación, por lo que, este Tribunal no puede ingresar a resolver tal reclamo, en aplicación al instituto jurídico de la preclusión procesal establecido en los arts. 3.e) y 57 del CPT, sin embargo solo a manera de aclaración, es preciso indicar que el A quo en el decreto cursante a fs. 32 y vta., fijó fecha y hora de audiencia para las declaraciones de los testigos de descargo, de los cuales se advierte que dos prestaron sus declaraciones, por lo que no se advierte vulneración a los arts. 3.1 y 90 del CPC, siendo correctas las determinaciones de los de instancia, más cuanto actuaron en estricto apego a la Ley