Señaló también como jurisprudencia el Auto Supremo 248 de 17 de diciembre de 199 de
Señaló también como jurisprudencia el Auto Supremo 248 de 17 de diciembre de 199 de la Sala Civil I, y que no hubo legitimación en la demanda, puesto que no se acreditó su personería como representante legal de la Unidad demandada, por lo tanto no hubo legitimación del sujeto en la contienda laboral
- CONSIDERANDO I
- Dicha Resolución fue recurrida en apelación por la parte demandada (fs
- El mencionado Auto de Vista originó que la parte demandada formule el recurso de casación
- Señaló también como jurisprudencia el Auto Supremo 248 de 17 de diciembre de 199 de
- Finalmente acusó que el Juez A quo no recibió las declaraciones de los testigos de
- Es necesario señalar que la parte recurrente planteó el recurso de casación sólo en el
- No obstante, se advierte también que la parte recurrente no planteó la excepción previa de
- Respecto al Auto Supremo citado como jurisprudencia por la parte recurrente, se tiene que el
- Finalmente sobre el reclamo que no se recibió las declaraciones de los testigos de descargo,
- Por consiguiente, al no ser evidentes las infracciones normativas denunciadas en el recurso de casación
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
- Se regula honorario profesional del abogado de la parte demanadante en la suma de Bs
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado
