Auto Supremo AS/0630/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0630/2015

Fecha: 22-Sep-2015

Por consiguiente, al no ser evidentes las infracciones normativas denunciadas en el recurso de casación

Por consiguiente, al no ser evidentes las infracciones normativas denunciadas en el recurso de casación en el fondo de fs. 80 a 81, conforme los fundamentos antes expuestos, corresponde dar aplicación a las disposiciones legales contenidas en los arts. 271.2) y 273 del CPC, aplicables por la norma permisiva contenida en el art. 252 del CPT