En el caso presente, la Universidad recurrente cuestiona el Auto de Vista emitido por el
CONSIDERANDO II:
II.1. Fundamentos Jurídicos del Fallo
En el caso presente, la Universidad recurrente cuestiona el Auto de Vista emitido por el Tribunal ad quem, en la forma porque no se pronunció sobre el reclamo de que el Juez 4to del Trabajo y Seguridad Social concedió el recurso de apelación a ambas partes, cuando el recurso de la actora era insuficiente para merecer consideración, por lo que debió limitarse a resolver el recurso de la UMSA; en el fondo dada la errónea aplicación del art. 9 del DS No 28699 al caso, donde no existió un retiro forzoso sino voluntario
II.1. Fundamentos Jurídicos del Fallo
En el caso presente, la Universidad recurrente cuestiona el Auto de Vista emitido por el Tribunal ad quem, en la forma porque no se pronunció sobre el reclamo de que el Juez 4to del Trabajo y Seguridad Social concedió el recurso de apelación a ambas partes, cuando el recurso de la actora era insuficiente para merecer consideración, por lo que debió limitarse a resolver el recurso de la UMSA; en el fondo dada la errónea aplicación del art. 9 del DS No 28699 al caso, donde no existió un retiro forzoso sino voluntario
- CONSIDERANDO I
- En grado de apelación interpuesta por Teresa Rescala Nemtala, Rectora de la Universidad Mayor de
- El Auto de Vista, motivó que Teresa María Rescala Nemtala, en su condición de
- Aclaró que la aplicación del art
- En el recurso de apelación que interpuso la UMSA acusó como defecto principal del proceso
- Por lo expuesto, interpuso recurso de casación en la forma y en el fondo solicitando
- Ruth Nancy Villena de Rodríguez, mediante memorial cursante de fs
- En el caso presente, la Universidad recurrente cuestiona el Auto de Vista emitido por el
- En correspondencia a la acusada infracción de violación del art
- El recurrente observa que el Tribunal ad quem no se hubiera pronunciado respecto del recurso
- Por todo lo referido, y dada la escasez y precariedad del recurso planteado se concluye
- A efectos de resolver la problemática traído en casación, debe tenerse en cuenta que, el
- Al respecto debe tenerse en cuenta que, el DS Nº 28699, tiene por objeto consolidar
- Si bien la aplicación de esta disposición legal causó confusiones en los empleadores, quienes interpretaron
- En ese entendido y en aplicación de los principios protectivos del trabajador, el Ministerio de
- Bajo lo señalado, el pago oportuno de los derechos y beneficios sociales de los trabajadores,
- En el caso, una vez acaecida la desvinculación laboral de la actora con la Universidad
- Conforme lo dispone el art
- Consecuentemente por todo lo señalado, no siendo evidentes las infracciones acusadas en el recurso de
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
- Sin costas en aplicación de los arts
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado
