Auto Supremo AS/0639/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0639/2015

Fecha: 23-Sep-2015

Por lo que, en el caso de autos, conforme a la revisión de obrados se

Por lo que, en el caso de autos, conforme a la revisión de obrados se tiene que ante la rebaja del sueldo, se produjo su despido indirecto, que para efectos del art. 13 de la LGT, se debe asumir como retiro forzoso e intempestivo atribuible a la empresa demandada, habiendo sido dicho aspecto, correctamente valorado por los jueces de fondo, al no haberse desvirtuado por la parte demandada, en función a la inversión de la prueba, no obstante que era su obligación hacerlo conforme prevén los arts. 3.h), 66 y 150 del CPT