Auto Supremo AS/0641/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0641/2015

Fecha: 23-Sep-2015

Por todo lo expuesto, quedó demostrado que el actor era empleado del SEDECA, y que

Por todo lo expuesto, quedó demostrado que el actor era empleado del SEDECA, y que dicha relación laboral era entre el demandante y la institución referida porque reunía los requisitos exigidos para identificar como relación obrero-patronal conforme a los arts. 1 y 2 de la LGT, 1 del DS Nº 23570 de 26 de julio de 1993 y 2 del DS Nº 28699 de 1 de mayo de 2006 ya que existieron la subordinación, relación de dependencia, prestación de trabajo por cuenta ajena y su pago o remuneración respectiva, y que tales requisitos no podrían estar vigentes durante la misma jornada y periodo de trabajo para otro empleador, como es el demandado y como pretendía hacer creer el actor en su demanda, puesto que no es posible realizar trabajo en la misma jornada laboral para distintos empleadores, quedando demostrado que la relación laboral fue con el SEDECA y no así con el ahora demandado, de manera que la decisión de los jueces de fondo se encuentra correctamente dispuesta, y conforme a una adecuada valoración del elenco probatorio adjuntado durante la tramitación del proceso, conforme prevén los arts. 3.j), 158 y 200 del CPT