Analizando el material probatorio en su conjunto desde la perspectiva del principio de la primacía
Analizando el material probatorio en su conjunto desde la perspectiva del principio de la primacía de la realidad y el in dubio pro operario, se advierte que si bien en el memorándum de contratación se señala que las actividades tendrán inicio a partir del 13 de abril y que tal fecha se corrobora con el aviso de afiliación, es también evidente que el mismo 10 de abril, a la demandante se le otorga trato de empleada efectiva a partir de dicha fecha, esto es, del 10 de abril de 2012, por cuanto es en esa fecha que se le dota del uniforme respectivo y se le hace conocer el Reglamento Interno de Trabajo, aspectos éstos que coinciden con la aseveración de la actora en sentido que comenzó a trabajar en 10 de abril de 2012
- CONSIDERANDO I
- Dicha resolución fue recurrida en apelación por la parte demandante (fs
- Contra el mencionado Auto de Vista, la parte demandada formuló recurso de casación en el
- Señaló también que, de acuerdo al art
- Acusó vulneración del art
- Refirió también vulneración de los arts
- Finalizó señalando que se infringió los arts
- CONSIDERANDO II
- Sobre el caso concreto, el Tribunal de apelación concluyó que “…si bien es cierto que
- Respecto a la valoración probatoria, el juzgador tiene el deber de realizar una valoración conjunta
- Bajo ese contexto, en el caso concreto se advierte, y conforme al Memorándum BF
- Por otro lado, a fs
- A fs. 10 cursa acta de entrega de uniforme de 10 de abril de 2012
- Analizando el material probatorio en su conjunto desde la perspectiva del principio de la primacía
- Sobre la fecha sostenida por el recurrente, si bien el aviso de afiliación tendría la
- Tan cierto es lo expuesto supra que el mismo formulario AVC-07 de aviso de baja,
- De la relación fáctica anterior, no es difícil concluir que en la especie, las pruebas
- Por otro lado, se debe también considerar que ninguna de las pruebas aportadas ofrecen
- Así entonces, éste Tribunal advierte que en la materia no cursa prueba alguna que informe
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
- En ejecución de Autos, previo al pago de los derechos reconocidos en el Auto de
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado
