Auto Supremo AS/0653/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0653/2015

Fecha: 23-Sep-2015

Así entonces, éste Tribunal advierte que en la materia no cursa prueba alguna que informe

Así entonces, éste Tribunal advierte que en la materia no cursa prueba alguna que informe sobre el inicio real y material de las actividades laborales de la demandante y considerando que las existentes aparejan dudas por su contradicción, es menester dar aplicación al principio in dubio pro operario, tal y como concluyó el Tribunal de apelación con total sindéresis jurídica