Auto Supremo AS/0662/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0662/2015

Fecha: 23-Sep-2015

Al respecto, partimos señalando que el art

Al respecto, partimos señalando que el art. 48. II de la Constitución Política del Estado (CPE) establece una serie de principios protectores a favor de los derechos de los trabajadores, señalando al efecto: “Las normas laborales se interpretarán y aplicarán bajo los principios de protección de las trabajadoras y de los trabajadores como principal fuerza productiva de la sociedad; de primacía de la relación laboral; de continuidad y estabilidad laboral; de no discriminación y de inversión de la prueba a favor de la trabajadora y del trabajador”. La importancia que revisten tales principios tiene enorme trascendencia social y jurídica, al constituirse en los pilares fundamentales del derecho del trabajo, pues buscan proteger al trabajador en las relaciones de trabajo, por cuanto se considera al trabajador como la parte más débil tal relación